Con fecha 9 de septiembre de 2011 se
ha hecho público el Auto del TSJ de la C.V. por el que se decreta el
SOBRESEIMIENTO LIBRE de Fernando
Giner, Alan Garcia , Ramón Vila, Frutos Biosca, Emilio Castelló y José Pastor,
por no ser los hechos, de ningún modo, constitutivos de delito alguno y en
consecuencia se ARCHIVAN LAS ACTUACIONES.
La denuncia se planteó por coacciones al haber
cambiado la cerradura del local de los jubilados y por haber sustraído
distintos documentos como un Libro anterior a 2.010 y incurrir en revelación de
secretos.
Del contenido del Auto se concluye que:
1º) Que la única asociación legalmente constituida en Vallada era la Asociación de Jubilados y
Pensionistas (U.D.P.) y que ésta era la
única legitimada para disfrutar del
local sito en la
Plaça Major , 1 denominado Centre Cultural Llar dels
Jubilats y ello desde el 29 de
abril de 1.987 y hasta la fecha.
2º) El Juez rechaza la pretensión de Perales que afirmaba que la UDP
estaba extinguida.
3º) El Juez afirma que en la realidad
existió “una única Asociación, no dos, y
esa única asociación fue aquella a la
que se cedió el uso en precario de un inmueble del Ayuntamiento de Vallada” en
1,987. Y que “esta asociación estaba
integrada como Sección Local en la Asociación Provincial
de Jubilados y Pensionistas de Valencia, U.D.P”.
4º) El Juez añade que la Asociación Democrática
y de Progreso de Pensionistas y Jubilados de Vallada; es decir, la del Sr. Perales ,” se quedó con el uso y disfrute de un inmueble
que nunca le fue cedido a ella”. Por tanto,
lo ocuparon ilegalmente y encima atacaban a los denunciados acusándoles
de dividir, cuando el único que
dividió fue el Sr. Perales buscando su propio beneficio electoral.
5º) El juez señala que no hay atisbo alguno de que el Sr. Giner y resto
de denunciados incurriesen en ningún delito al entrar en el inmueble propiedad
del Ayuntamiento ya que se limitaron a cumplir un acuerdo del Pleno de 25 de
Mayo, del cual era conocedor el propio Sr. Perales. Acuerdo que
