El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 3 de Valencia ha estimado la demanda que presentó el abogado José Martínez en representación de la Asociación Democrática y de Progreso por la actuación del anterior Alcalde Fernando Giner y los concejales Alan García, Ramón Vila, Frutos Biosca y Emilio Castelló, del 26 de mayo de 2010, que abusando de su autoridad, descerrajaron las puertas del local de los Jubilados en la Plaza Mayor nº1, entrando y llevándose la documentación de la Asociación, cambiando la cerraduras y despojando del uso del inmueble y del Bar.
La sentencia declara que consta acreditado con la documentación aportada:
- Que la Asociación ha venido disfrutando desde abril de 1987 de la posesión pacífica e ininterrumpida del inmueble, así como de la explotación del bar.
- Que en Junta General Extraordinara de 6 de junio de 2005, se cambia la denominación de la Asociación y pasa a denominarse, ASOCIACIÓN DEMOCRÁTICA Y DE PROGESO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE VALLADA, constando su inscripción en la Conselleria.
- Que la ASOCIACIÓN DEMOCRÁTICA Y DE PROGESO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE VALLADA, ha venido percibiendo los alquileres del bar, ingresados en la cuenta bancaria abierta a nombre de la Asociación.
- Que por D. Vicente Perales, como Presidente de la Asociación, en fecha 7 de junio de 2010, dirige escrito al Alcalde, Sr. Giner, requiriéndole para que cese en su actitud perturbadora de los dererchos de la asociación y restituya el uso y disfrutre del inmueble, así como los derechos sobre el bar.
- Que el Sr. Giner por Resolución de 16 de junio de 2010 desestima el requerimiento diciendo que la legitimada para disfrutar del local era la U.D.P.
La sentencia rechaza con total rotundidad lo alegado por el anterior Alcalde, Sr. Giner, a pesar de sus esfuerzos e intentos de desvirtuar la realidad, diciendo no reconocer a la ASOCIACION DEMOCRÁTICA Y DE PROGRESO, y que el derecho lo tenía la U.D.P., a quien cedió el local el 25 de mayo de 2010.
La sentencia con total claridad dictamina:
Que el Alcalde y los concejales actuaron por la vía de hecho, lo que supone un total desprecio a la Ley, sin respaldo legal, prescindiento total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y sin notificación previa a nuestra asociación, que venía disfrutando del uso pacífico del local.
En consecuencia decreta la nulidad de la actuación del Equipo de Gobierno anterior, así como de la Resolución de Alcaldía de 15 de junio de 2010, que hizo caso omiso a la solicitud de devolución del local. En consecuencia restituye el uso y disfrute del inmueble y del bar, con efectos del día 26 de mayo de 2010 a LA ASOCIACION DEMOCRÁTICA Y DE PROGESO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS, al ser nulo de pleno derecho el desalojo del local y del bar.
Tenemos que recordar que en
